REDUCCIÓN PROGRESIVA DE LA TARIFA DEL IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS

En Segundo Suplemento del Registro Oficial N°604 del 23 de diciembre de 2021 se publicó el Decreto Ejecutivo N°298, mediante el cual se oficializó la reducción progresiva de la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en un cuarto de punto porcentual (0.25) por trimestre en el transcurso del año 2022, hasta llegar a una tasa del 4%, conforme a las siguientes fechas:

Primera reducción01 de enero de 2022
Segunda reducción01 de abril de 2022
Tercera reducción01 de julio de 2022
Cuarta reducción01 de octubre de 2022

En sus disposiciones transitorias se establece que:

El SRI, 15 días antes de las fechas indicadas, deberá modificar toda resolución de carácter general y actualizar los formularios correspondientes con la finalidad de aplicar la reducción al ISD.

  • Los agentes de retención y percepción del ISD efectuarán los ajustes necesarios en sus sistemas operativos para aplicar la tarifa según corresponde.
  • Si dichos agentes no lograsen realizar tales ajustes para la aplicación de las nuevas tarifas, deberán diseñar los mecanismos adecuados o medidas de mitigación que consideren oportunas para la restitución directa de los valores que resulten de aplicar una tarifa mayor a la prevista y evitar que el contribuyente soporte una carga impositiva indebida.
  • Los sujetos obligados podrán solicitar al SRI la anulación masiva de los comprobantes de retención que hubiesen sido emitidos bajo una tarifa distinta a la vigente, previa emisión del nuevo comprobante aplicando la tarifa correspondiente.
  • Los ajustes en los sistemas antes referidos deberán implementarse hasta el 31 de enero de 2022.

La entrada en vigor de este Decreto rige a partir de su publicación el Registro Oficial.

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