EMISIÓN DE FACTURAS EXENTAS EFECTUADA POR PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS EN REPRESENTACIÓN DE ARTISTAS

El Servicio de Impuestos Internos a través del Oficio N°3507 se pronuncia sobre la emisión de facturas exentas efectuadas por personas naturales o jurídicas en representación de artistas. En el caso consultado corresponden a facturas emitidas por personas naturales o jurídicas, en su calidad de representantes de diversos artistas que participarían en un festival, cuyos pagos corresponden a la contratación de ellos.

Las sumas que remuneran el trabajo personal de cada uno de  los artistas por su partición en el festival, ingresos que conforme al N°2 del artículo 42 de la LIR, provendrían del ejercicio de una ocupación lucrativa, definida en el párrafo segundo del referido N°2 como la actividad ejercida en forma independiente por personas naturales y en la cual predomine el trabajo personal basado en el conocimiento de una ciencia, arte, oficio o técnica por sobre el empleo de maquinarias, herramientas, equipos u otros bienes de capital. Frente al IVA esas rentas se encuentran exentas conforme al artículo 12, letra E, N°8 de la LIVS. Luego, si las sumas cobradas en representación de los artistas, por personas naturales o jurídicas que los representan, remuneran la participación de cada uno de estos en el festival, dichas sumas se encuentran exentas de IVA.

*This Alert was prepared by Montt Group SpA., only for educational and informational purposes and does not constitute legal advice.