En Segundo Suplemento del Registro Oficial N°604 del 23 de diciembre de 2021 se publicó el Decreto Ejecutivo N°298, mediante el cual se oficializó la reducción progresiva de la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en un cuarto de punto porcentual (0.25) por trimestre en el transcurso del año 2022, hasta llegar a una tasa del 4%, conforme a las siguientes fechas:
Primera reducción | 01 de enero de 2022 |
Segunda reducción | 01 de abril de 2022 |
Tercera reducción | 01 de julio de 2022 |
Cuarta reducción | 01 de octubre de 2022 |
En sus disposiciones transitorias se establece que:
El SRI, 15 días antes de las fechas indicadas, deberá modificar toda resolución de carácter general y actualizar los formularios correspondientes con la finalidad de aplicar la reducción al ISD.
- Los agentes de retención y percepción del ISD efectuarán los ajustes necesarios en sus sistemas operativos para aplicar la tarifa según corresponde.
- Si dichos agentes no lograsen realizar tales ajustes para la aplicación de las nuevas tarifas, deberán diseñar los mecanismos adecuados o medidas de mitigación que consideren oportunas para la restitución directa de los valores que resulten de aplicar una tarifa mayor a la prevista y evitar que el contribuyente soporte una carga impositiva indebida.
- Los sujetos obligados podrán solicitar al SRI la anulación masiva de los comprobantes de retención que hubiesen sido emitidos bajo una tarifa distinta a la vigente, previa emisión del nuevo comprobante aplicando la tarifa correspondiente.
- Los ajustes en los sistemas antes referidos deberán implementarse hasta el 31 de enero de 2022.
La entrada en vigor de este Decreto rige a partir de su publicación el Registro Oficial.

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