SE EXPIDEN LAS DIRECTRICES PARA EL RETORNO PROGRESIVO Y SEGURO A LAS ACTIVIDADES LABORALES PRESENCIALES EN EL SECTOR PRIVADO

En el Registro Oficial N°507 de fecha 02 de agosto de 2021, se publicó el Acuerdo Ministerial N° MDT-2021-214 del Ministerio del Trabajo, cuyo objeto es expedir las directrices para el retorno progresivo y seguro a las actividades laborales presenciales aplicando las disposiciones de la Guía y Plan General para el Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales Nro. MTT6-003, Versión 7.0, del 29 de junio de 2021. 

Las disposiciones son de aplicación obligatoria para los empleadores y los trabajadores en el sector privado, así como también, la adopción de los lineamientos establecidos en la Guía, será de observancia obligatoria para los empleadores como para los trabajadores, quienes deberán cumplir con los lineamientos establecidos tanto en la Guía y Plan General para el Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales determinada en el objeto de este Acuerdo Ministerial, como las demás normativas vigentes aplicables para tal efecto. 

En el mencionado Acuerdo Ministerial se establece, entre otras disposiciones, que los empleadores tendrán la potestad de determinar qué trabajadores, inmunizados o no, deberán laborar presencialmente, siempre que no se contraponga a las disposiciones establecidas en la Guía y Plan General mencionado y al Acuerdo Ministerial publicado. 

Los empleadores que incumplan este Acuerdo Ministerial serán sancionados por los inspectores de trabajo con una multa de un salario básico unificado de conformidad con lo determinado en el artículo 7 del Mandato Constituyente Nro. 8, mientras Los trabajadores que incumplan este Acuerdo Ministerial serán sancionados conforme a lo determinado en el Código del Trabajo y en la demás normativa aplicable.   

Se deroga el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2020-093, de 3 de mayo de 2020, publicado en el Registro Oficial Nro. 288, de 14 de septiembre de 2020, mediante el cual se expidió “Las directrices para la reactivación económica a través del retorno progresivo al trabajo del sector privado”. El Acuerdo Ministerial mencionado en esta Alerta Legal entró en vigencia a partir de su suscripción de fecha 09 de julio de 2021, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.