REGULACIÓN SOBRE TRABAJO REMOTO DE LOS AUXILIARES DE LAS AGENCIAS DE ADUANA

Con fecha 26 de noviembre fue publicada en el Diario Oficial la resolución exenta Nº 2756 del Servicio Nacional de Aduanas, por medio de la cual se establece normas sobre el trabajo remoto de los auxiliares de las Agencias de Aduanas. 

A partir de esta modificación, el Agente de Aduana deberá informar al Departamento de Fiscalización de Agentes Especiales de la Subdirección de Fiscalización la modalidad de funcionamiento de teletrabajo adoptada en su Agencia de Aduanas, comunicando durante el mes de Enero de cada año, el porcentaje del total de auxiliares, que se encuentran trabajando bajo dicho régimen o en modalidad mixta. 

El Agente de Aduana, internamente, deberá llevar un control permanente y registro al día con identificación de los auxiliares que se encuentren en las distintas modalidades adoptadas, conforme a los porcentajes comunicados a que se refiere el numeral anterior, el que podrá ser requerido por el Servicio de Aduanas, en cualquier momento, y deberá estar disponible de manera actualizada, para los fines de fiscalización. Además, deberá dar a conocer oportunamente al Departamento de Fiscalización de Agentes Especiales, de los cambios que ocurran respecto de las modalidades de ejercicio de las funciones de sus auxiliares.

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