OBLIGACIÓN DE DECLARAR RENTA Y PAGAR PAGOS PROVISIONALES MENSUALES EN EJERCICIO SIN INGRESOS

El Oficio N°1837 del Servicio de Impuestos Internos correspondiente al año 2023, responde la consulta de un contribuyente que es una empresa de transportes con respecto a la obligación de declarar renta presunta y pagar los PPM en ejercicios sin ingresos.

El régimen de renta presunta (artículo 34 de la LIR) no grava la mera tenencia de ciertos bienes, sino la explotación, por lo que no presume renta alguna al contribuyente en ausencia de una explotación efectiva. Por su parte, los PPM (letra e) del artículo 84 de la LIR) deben realizarse a cuenta de los impuestos anuales que corresponda pagar, por lo que, esta obligación solo debe realizarse por aquellos meses en que efectivamente se explote la actividad, porque la presunción solo opera sobre dichos periodos.

Lo anterior, es sin perjuicio de tener que presentar una declaración anual de impuestos a la renta en conformidad al N°1 del artículo 65 de la LIR.

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