En consideración de las consecuencias de la contingencia sanitaria actual sobre el normal desarrollo de las actividades laborales, y la Resolución Exenta N°2.452/2020, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que aprobó el Protocolo de Conexión y Reporte de Variables Operacionales para la Verificación de Compromisos Ambientales, que estableció plazos de 9 y 24 meses desde su publicación para cumplir con la implementación de la conexión en línea, dependiendo del rango de potencia generada por el tipo de fuente.
Por medio de la presente Resolución, se confiere un nuevo plazo adicional de cuatro (4) meses a los titulares de unidades fiscalizables afectos a la Res. Ex. N°2.452/2020 SMA, a los cuales sea aplicable el plazo inicial de 9 meses para la implementación de la conexión en línea con los servicios de la Superintendencia, es decir, los establecimientos con fuentes de potencia menor a 20 [MWt].
El plazo original de 9 meses se cumple el día 29 de septiembre de 2021, mas con la prórroga del plazo debe verificarse la implementación y operatividad de la conexión en línea de las variables operacionales con los sistemas de la SMA, hasta el 31 de enero de 2022.
Se debe tener presente que, mientras no se encuentre operativa la conexión en línea, las fuentes estacionarias afectas a la Res. Ex. N°2.452/2020 SMA, deberán seguir reportando trimestralmente de acuerdo con los instrumentos de gestión ambiental aplicable.
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