MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA DICTA NUEVO PROTOCOLO PARA EL MANTENIMIENTO DE ORDEN PÚBLICO

Con fecha 20 de septiembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial la Orden General N°2870 de fecha 8 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría del Interior, División Carabineros de Chile, actualiza protocolos para mantenimiento y restablecimiento del orden público, derogando aquellos protocolos que la propia norma señala, en particular las categorizaciones de reuniones con y sin autorización.

Esta normativa hace especial hincapié en el conflicto existente entre el derecho a la reunión pacífica y sin armas que tiene toda persona en contraste con quienes cometen delitos en el marco de reuniones tumultuosas. Primeramente, enuncia la normativa de Derechos Humanos aplicable estableciendo un marco aplicable al respecto tanto en lo que se refiere al articulado Constitucional como a Tratados de Derechos Humanos sobre la materia.

Señala que las manifestaciones, aunque sean pacíficas, no deben imponer una carga excesiva al resto de la población (ejemplifica con el caso de entorpecer accesos de un Hospital).

Delimita el rol de funcionarios de Derechos Humanos, debiendo facilitar su labor, sin perjuicio de ello, cuando un individuo de estas organizaciones entorpezca la labor policial, deberá efectuarse la correspondiente denuncia por delito de atentado en contra de la autoridad.

Asimismo, regula medios progresivos de accionar respecto de manifestantes que se encuentren haciendo acciones consideradas ilícitas debiendo el personal policial en una primera etapa separar a quienes se encuentren delinquiendo de quienes no lo están haciendo. El uso de la fuerza, refiere el instructivo, debe ser gradual y proporcionado, siendo las detenciones de carácter selectivas y no masivas, debiendo existir un funcionario a cargo. Se distinguen distintas etapas de accionar tales como la contención, disuasión, despeje, detención y de informe / auditoría de todo el procedimiento.

Para acceder al texto íntegro del protocolo, pinchar aquí.

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es Caamano_CaludioCesar.jpg

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.