Mediante el Decreto Supremo Nro. 225-2021-EF se modifican las normas que aprueba el procedimiento de devoluciones por pagos indebidos o en exceso, a fin de implementar la devolución a través del abono en cuenta corriente o de ahorros.
Al respecto la norma antes mencionada señala que esta modalidad de devolución puede ser solicitada por quien tenga:
i) derecho a la devolución,
ii) un número de RUC activo y la condición de habido y
iii) una cuenta corriente o de ahorro en el sistema financiero nacional en moneda nacional.
El decreto supremo aprobado entrará en vigor a partir de la entrada en vigencia de la resolución de superintendencia que establezca la forma y condiciones para la comunicación del código de cuenta interbancario del solicitante y el procedimiento para su validación.
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