SAG RESUELVE EXIMIR DE LA AUTORIZACIÓN DE INTERNACIÓN A PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL ALTAMENTE INDUSTRIALIZADOS

Con fecha 29 de enero del 2022 se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°91 dictada por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) el 07 de enero del presente año. Esta resolución es de suma importancia porque el SAG busca flexibilizar la importación de alimentos de origen animal que no presentan mayor riesgo para la protección fito y zoosanitaria del país. En este sentido, menester es advertir que las operaciones de comercio exterior que involucren alimentos en Chile deben pasar -a lo menos- con el visto bueno de tres instituciones (1) La SEREMI de Salud, (2) el SAG y, por de pronto, del (3) Servicio Nacional de Aduanas. De ahí que mayor flexibilización y definición de las competencias a este respecto es una gran noticia, sobre todo la diferenciación de las atribuciones con que cuenta la SEREMI (protección de la salud humana) y el SAG (protección fito y zoosanitaria).  

En ese sentido, Servicio por la presente resolución resolvió que los productos altamente industrializados que contienen materias primas de origen animal y en cuya fabricación se emplean procedimientos que mitigan significativamente los riesgos para la sanidad animal y vegetal no requieren visto bueno o intervención por parte del SAG para su ingreso al país. Ahora bien, todo esto sin perjuicio de las exigencias de las otras autoridades nacionales en salud pública como la SEREMI. A mayor abundamiento, en la resolución objeto de la presente alerta, el SAG, estableció que los siguientes productos de origen animal no requerirán de su autorización para ingresar al país; (a) todo producto industrializado de origen lácteo a excepción de los que indica* (b) mezclas que contengan leche o queso y sucedáneos en sus ingredientes, (c) los producto de repostería, (d) productos para cocinar en polvo, (e) ovoproductos pasteurizados, deshidratados o en polvo (f) platos o comidas preparadas que sólo contenga lácteos como ingredientes pecuarios, tales como las pastas, empanadas, pizzas, lasañas, barritas de queso apanada, entre otros.

Es de importancia agregar que la presente resolución derogó la exenta N° 3.081, de 2006, la cual eximia de la presentación de monografías de procesos a los productos con ingredientes de origen animal que indicaba. Finalmente, la presente resolución entrará en vigencia 60 días después de su publicación en el Diario Oficial.

*This Alert was prepared by Montt Group SpA., only for educational and informational purposes and does not constitute legal advice.