SE ESTABLECE EL VALOR DEL SALARIO DIGNO PARA EL AÑO 2021 Y SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA

Mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2022-041 del 15 de marzo de 2022, el Ministerio del Trabajo estableció el valor del salario digno para el año 2021 en $447,41 y la regulación del procedimiento para el pago de la compensación económica.

Están obligados los empleadores, personas naturales o jurídicas que hubieren generado utilidades en el año 2021 o que hubieren pagado un anticipo de impuesto a la renta inferior a esas utilidades; y que, durante dicho ejercicio económico, no pagaron a sus trabajadores o extrabajadores un monto igual o superior al monto del salario digno.

El valor de la compensación económica resulta de la diferencia entre el salario digno y el ingreso mensual que la persona trabajadora o extrabajadora percibió durante el año 2021.

Para el cálculo del ingreso mensual, se deben sumar los siguientes componentes:

a. El sueldo o salario mensual del año 2021.

b. La decimotercera remuneración a valor proporcional del tiempo laborado en el año 2021.

c. La decimocuarta remuneración a valor proporcional del tiempo laborado en el año 2021.

d. Las comisiones variables que hubiere pagado el empleador a la persona trabajadora o extrabajadora en el año 2021.

e. La participación de utilidades a personas trabajadoras o extrabajadoras del ejercicio fiscal 2020 y pagadas en el año 2021.

f. Los beneficios adicionales percibidos en dinero en el 2021.

g. Los beneficios adicionales percibidos en dinero en el 2021.

h. Los fondos de reserva correspondientes al año 2021.

El período para el cálculo de la compensación económica del salario digno va desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021. En los casos en que la persona hubiere laborado por un lapso menor al año antes mencionado, el cálculo será proporcional al tiempo trabajado.

El cálculo del salario digno para la persona que hubiere laborado con un contrato de jornada parcial permanente será calculado de manera proporcional al tiempo de horas semanales de trabajo estipuladas en el contrato. Para esto, se considerará que la jornada ordinaria es de cuarenta (40) horas semanales

La compensación económica deberá pagarse hasta el 31 de marzo de 2022. El empleador debe destinar hasta el 100% del valor de las utilidades correspondientes al año 2021, si el valor no cubre el salario digno, deberá repartirse de manera proporcional.

Los empleadores tienen la obligación de pagar el valor de la compensación económica a cada una de las personas trabajadoras o extrabajadoras, para lo cual deberán agotar todos los mecanismos legales para el efecto.

Para el cálculo de la compensación económica se considerará el período anual de trescientos sesenta (360) días, incluidas las vacaciones, y la jornada laboral mensual equivalente a doscientas cuarenta (240) horas.

El mencionado Acuerdo Ministerial se encuentra vigente desde su suscripción, el 15 de marzo de 2021, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

*This Alert was prepared by Montt Group SpA., only for educational and informational purposes and does not constitute legal advice.