SE ESTABLECE EL RÉGIMEN APLICABLE PARA LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 131 Y 263 DE LA LEY DE COMPAÑIAS

Mediante Resolución NAC-DGERCGC21-00000058 del Servicio de Rentas Internas (SRI), se resolvió que las compañías de responsabilidad limitada o anónima, con accionistas o socios extranjeros obligadas a presentar la información y documentación señalada en los artículos 131 y 263 de la Ley de Compañías, deberá cumplir con dicho mandato hasta el 31 de enero, o dentro de los cinco primeros días de febrero, de cada año, según corresponda en los términos de las referidas normas a través del portal web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros: www.supercias.gob.ec, observando las especificaciones y procedimiento que sean publicados en el mencionado portal.

La referida Resolución de fecha 27 de diciembre de 2021, se publicó en el Tercer Suplemento del Registro Oficial N°607 del 29 de diciembre de 2021, a partir de lo cual entró en vigor.

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