SAG IMPLEMENTA SISTEMA PARA MONITOREO DE USO DE ANTIMICROBIANOS, SU DECLARACIÓN DE USO Y BIOMASA

Con fecha 08 de julio del presente 2023 se publicó en el Diario Oficial la Resolución N° 4116/2023 del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) la cual crea el “Sistema para la Prescripción Electrónica de Antimicrobianos Veterinarios, Declaración de Uso de Antimicrobianos y de Biomasa” derogando la Resolución Exenta Nº3149/2023 del SAG.

La presente medida tiene su origen en la creciente preocupación mundial por el uso de antimicrobianos en sanidad animal, principalmente relacionado con el aumento de la resistencia antimicrobiana y su impacto en la salud pública. En ese sentido, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) junto con promover el uso responsable y prudente de antimicrobianos ha instado a implementar sistemas de seguimiento a las cantidades de agentes antimicrobianos administrados en animales, recabando información cuantitativa para evaluar la exposición a dichos agentes y establecer patrones de uso.

Es en base a dicho propósito que el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), autoridad nacional encargada de regular los medicamentos veterinarios en la actividad pecuaria, ha dictado la presente resolución, la cual tiene por objeto implementar el sistema de monitoreo del consumo de antimicrobianos a fin de mejorar la gestión para su control y uso. Logrando con ello vigilar las prescripciones emitidas y el uso de los antimicrobianos en la industria de animales de producción terrestre, acuáticos y de compañía.

A grandes rasgos, la medida, junto con habilitar un sistema de monitoreo de consumo en la plataforma https://antimicrobianos.sag.gob.cl y fijar un régimen general de vigencia de prescripciones veterinarias antimicrobianas, estableció una serie de obligaciones para los médicos veterinarios y titulares de establecimientos pecuarios.

A saber:

(1)  Para los médicos veterinarios que prescriban antimicrobianos: La necesidad de inscribirse en el Sistema de Monitoreo, acreditar los títulos habilitantes de su profesión y emitir sus órdenes medicas conforme a las instrucciones que se detallan en la resolución reseñada.

(2)  Para los titulares de establecimientos pecuarios, La necesidad de reportar al SAG vía declaración las prescripciones efectivamente utilizadas durante el semestre y completar información en torno al número de animales tratados, peso promedio, cantidad de antimicrobianos utilizados, el número de animales producidos en el semestre y biomasa. Información que se remitirá al SAG por medio de los formularios de Declaraciones de Uso y Declaraciones de Biomasa.

Finalmente, es importante agregar que según instruye la resolución reseñada, las medidas aquí dispuestas comenzarán a regir a partir de la publicación de ésta en el Diario Oficial, disponiéndose que primeramente regirá en carácter voluntario y su obligatoriedad se deferirá para el 01 de enero del 2024.

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