REFORMA AL INSTRUCTIVO PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS DE OPERACIÓN PARA ACTIVIDADES DE MINERÍA ARTESANAL Y DE SUSTENTO DENTRO DE CONCESIONES MINERAS

Se publicó el Acuerdo N°MEM-MEM-2023-0007-AM, mediante el cual el Ministerio de Minería y Recursos Naturales no Renovables, reforma el Instructivo para la suscripción de contratos de operación para actividades de minería artesanal y de sustento dentro de concesiones mineras, promulgado mediante Acuerdo Ministerial Nro. MERNNR-MERNNR-2020-0055-AM, de 17 de diciembre de 2020 y que fuera publicado en el Registro Oficial Nro. 375 de 21 de enero de 2021, según se detalla:

Dentro de los actores cuya suscripción de contratos de operación para realizar las actividades de Minería Artesanal y de Sustento, es regulada por el mencionado instrumento en su procedimiento administrativo y requisitos mínimos, se adicionan las unidades económicas populares y los emprendimientos unipersonales, familiares y domésticos y en general las personas naturales y jurídicas y demás formas de organización que conforman la economía popular y solidaria.

Se elimina la Calificación de Minero Artesanal, como parte de los requisitos que debe presentar el titular de concesión minera, para ingresar la solicitud del informe favorable para la celebración del contrato de operación para actividades de Minería Artesanal y de Sustento, en cuanto a los datos a considerar del operador minero; mientras que no solamente deberá presentarse el Acuerdo previo entre el operador minero y la planta de beneficio en la que se procesaría el material mineralizado, sino también y/o de la planta de procesamiento, de ser el caso.

Por otro lado, se dispone que en atención al principio in dubio pro administrado; y, por principio de favorabilidad, para aquellos trámites que a la fecha de suscripción de la citada reforma se encuentren pendientes de resolución, se acogerán a las exigencias y parámetros modificados en la misma. La entrada en vigor de dicha reforma rige a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial N°307 del 10 de mayo de 2023.

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