PROCEDIMIENTO GENERAL DE DEVOLUCIÓN Y RECUPERACIÓN DE IMPUESTOS

El Servicio de Impuestos Internos a través de la Resolución Exenta N°4 instruye sobre el procedimiento general de devolución y recuperación de impuestos, establecido en los artículos 80 a 85 de la LIVS. Se señala que los contribuyentes de los impuestos contemplados en la LIVS, para solicitar la devolución o recuperación de los impuestos de dicha ley, por cambio de sujeto pasivo de IVA, devoluciones de crédito fiscal por empresas en reorganización judicial, y devoluciones de IVA exportador, conforme al procedimiento general contemplado en los artículos 80 y siguiente de la referida ley, deberán presentar sus solicitudes a través de la página web del servicio, con los formularios y declaraciones juradas, acompañando los antecedentes que correspondan, a saber:

A)  Cambio sujeto pasivo IVA: Formulario N°3560; Declaración Jurada N°3561, 3562 y 3563.

B)  Devolución IVA e impuestos especiales en virtud del artículo 27 ter de la LIVS: Formulario N°3281.

C)  Devolución de IVA exportador: Mientras no se dicte el decreto que hace referencia al nuevo inciso tercero del artículo 36 de la LIVS, se deberá realizan en la forma que determina el D.S. N°348 de 1975 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Los contribuyentes que simulen operaciones tributarias o ejecuten alguna maniobra fraudulenta, obteniendo devoluciones de impuestos que no le correspondieren, serán sancionados conforme a lo dispuesto en el artículo 97 N°4 del Código Tributario.

*This Alert was prepared by Montt Group SpA., only for educational and informational purposes and does not constitute legal advice..