MODIFICACIÓN AL PROCEDIMIENTO PARA ACCEDER AL BENEFICIO DE FRANQUICIA DE BIENES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Mediante Resolución Afecta N.º 11, el 07 de octubre del 2021, el Servicio Nacional de Aduanas modificó la Resolución Afecta N° 56 del 2017 que estableció el procedimiento para la concesión de las franquicias tributarias establecidas en los artículos 48 y 49 de la Ley 20.422 que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

A saber, los referenciados artículos versan (1) sobre las exenciones arancelarias de las que se benefician los vehículos importados por personas con discapacidad o personas jurídicas sin fines de lucro que tenga por objeto la asistencia y cuidado de aquellas personas (A.48) y (2) la importación de bienes de distinta naturaleza que sirvan para la asistencia de personas con discapacidad, tales como; prótesis auditivas, visuales y físicas, ortesis, equipos medicamentos y elementos necesarios para la terapia y rehabilitación de personas con discapacidad, entre otros (A.49).

En cuanto a los alcances de las modificaciones estas tienen por objetivo realizar un esfuerzo de racionalización, simplificación y digitalización de los tramites públicos. En el presente caso del trámite para la “Solicitud de franquicia de discapacitados”, cuyo objetivo es que la franquicia sea solicitada de manera remota, sin necesidad de concurrir presencialmente a las oficinas de la Aduana, para cuyos efectos se ha desarrollado un software que permitirá a los beneficiarios, efectuar la solicitud de manera online.

Por su parte, se realizaron algunas precisiones respectos del formulario “Solicitud N º 5 Para personas jurídicas que se acogen a la franquicia contemplada en el artículo 48 de la ley N º 20.422” eliminando el documento “Resolución de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez con elementos opcionales constitutivos del equipo especial” dado que la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, emite esta resolución sólo para personas naturales. Por otra parte, complementaron los antecedentes requeridos en el formulario “Solicitud N º 6 Para acogerse a la franquicia contemplada en el artículo 49 de la ley N º 20.422”, incorporando antecedentes adicionales, que permitan establecer que la mercancía a importar está relacionada con la discapacidad del beneficiario.

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