La Resolución N°80 del Servicio de Impuestos Internos del año 2023, otorga una condonación de multas por el retardo en la declaración del Formulario N°29 “Declaración y Pago Mensual de IVA”, que se presenten sin movimiento, por el periodo tributario de mayo 2023 (artículo 64 LIVS) a los contribuyentes que, a la fecha del acaecimiento de la catástrofe, hubieren tenido su casa matriz en alguna de las comunas afectas y que se detallan en la misma resolución.
La condonación regirá para la declaración sin movimiento, que se efectúe por internet a través del Formulario N°29 del Servicio de Impuestos Internos y procede de manera automática, al momento del envío de la declaración respectiva dentro de un plazo que no podrá exceder al 31 de julio de 2023.
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