MODIFICACIÓN AL REGLAMENTE DE LA LEY N° 19.886 DE BASES SOBRE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS, DE SUMINISTROS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Con fecha 14 de octubre fue publicado en el Diario Oficial el Decreto N° 1.218 de 2021 del Ministerio Hacienda, por el cual se modifica el reglamento la ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos, de Suministros y Prestación de Servicios, en el sentido de incorporar dos nuevos artículos transitorios. El primero de ellos establece que, en los procedimientos de contratación cuyas Bases sean publicadas entre el 1 de julio de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, las entidades licitantes no requerirán a los oferentes la presentación de garantías de seriedad, cuando se trate de contrataciones iguales o inferiores a las 5.000 UTM. En el segundo artículo transitorio agregado, se establece que, para las Bases dentro del mismo periodo señalado anteriormente, en los casos que la entidad requiera una garantía, las Bases deberán establecer que dicha garantía no podrá exceder el 5% del valor total del contrato cuando el proveedor adjudicado sea una empresa de menos tamaño, en conformidad a la clasificación del artículo segundo de la Ley N°20.416.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.