LEY Nº 21.441 EXTIENDE LA DURACIÓN DEL PERMISO LABORAL PARA TRABAJADORAS Y TRABAJADORES EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL PADRE O DE LA MADRE

Se extiende el permiso de tres a cuatro días hábiles.

Con fecha 09 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.441 que señala lo siguiente «Extiende la duración del permiso laboral para trabajadoras y trabajadores en caso de fallecimiento del padre o de la madre, e incorpora igual permiso en caso de fallecimiento de un hermano o hermana«.

La ley modifica el inciso segundo del artículo 66 del Código del Trabajo con el fin de extender de tres a cuatro días hábiles el permiso que se aplica por muerte del padre o de la madre del trabajador y agrega este mismo permiso en caso de fallecimiento de un hermano o hermana.

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