LEY N°21.462 QUE MODIFICA LA LEY N°21.420 QUE REDUCE O ELIMINA EXENCIONES TRIBUTARIAS

La Ley N°21.462, publicada con fecha 26 de julio de 2022 modifica la Ley N°21.420 que reduce o elimina exenciones tributarias, destacando los siguientes aspectos:

1. Se reemplaza la modificación del inciso cuarto del artículo 142 bis del Código de Minería, modificando las dos veces en que se señala la frase “tres décimos de unidad tributaria mensual” por “un décimo de unidad tributaria mensual”, respecto al valor de la patente por hectárea completa a aquellas pertenencias que hubieren iniciado trabajos y los continúen.

2. Se agregó al artículo sexto transitorio, el cual se refiere al monto que las empresas constructoras tendrán derecho a deducir de sus pagos provisionales obligatorios de la LIR, en el sentido que: “También tendrán derecho a deducir un 0,325 del débito del Impuesto al Valor Agregado que deban determinar los contratos generales de construcción que se suscriban con las entidades e instituciones que expresamente señala el inciso segundo; los contratos de ampliación, modificación, reparación, mantenimiento o de urbanización, respecto de las viviendas sociales señaladas en el inciso cuarto; y las adjudicaciones que recaigan sobre bienes corporales inmuebles para habitación, que hagan los socios, comuneros o cooperados indicados en el inciso quinto, todos del artículo 21 del decreto ley N° 910, de 1975, en la medida que los contratos o adjudicaciones sean celebrados a contar del 1 de enero del año 2023 y que hayan obtenido el respectivo permiso municipal de edificación y/o las obras se hayan iniciado, según corresponda, antes del 1 de enero del año 2025.”

3. Las operaciones realizadas entre el 1 de abril de 2022 y el 26 de julio de 2022, que al 31 de marzo de 2022 hubieran podido acogerse a lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto Ley Nº 910, de 1975 (deducción en empresas constructoras), y en el número 6° del artículo 23 de la LIVS (derecho a crédito fiscal en empresa constructora), se regirán por el texto vigente al 31 de marzo de 2022.

*This Alert was prepared by Montt Group SpA., only for educational and informational purposes and does not constitute legal advice.