EL NUEVO SERVICIO DE BIODIVERSIDAD Y ÁREAS PROTEGIDAS Y EL SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS

La nueva ley tiene por objeto la conservación de la diversidad biológica y la protección del patrimonio natural del país a través de la preservación, restauración y uso sustentable de genes, especies y ecosistemas.

Se crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), organismo público que se encargará de conservar la biodiversidad del país y ejecutar políticas, planes y programas para la recuperación y conservación de recursos hídricos, genéticos, flora, fauna, hábitats, paisajes, ecosistemas y espacios naturales. También supervisa actividades en áreas protegidas privadas y participa en la evaluación de proyectos que afecten la biodiversidad.

Establece un Sistema Nacional de Áreas Protegidas que abarca áreas estatales y privadas con categorías como reserva de región virgen, parque nacional, monumento nacional, reserva nacional, área de conservación de múltiples usos y área de conservación de pueblos indígenas. Se definen reglas y requisitos para su creación, gestión y concesiones, además de la figura del plan de manejo. Las áreas protegidas privadas se incorporan al Sistema Nacional de Áreas Protegidas y deben cumplir con las categorías mencionadas. Pueden ser administradas por propietarios o designados bajo la supervisión del SBAP, y se establecen incentivos económicos para su creación.

Crea un sistema de fiscalización y sanción especial a cargo del SBAP para infracciones dentro y fuera de áreas protegidas. Las infracciones se clasifican según su gravedad y pueden resultar en multas de hasta 15.000 UTM. Se regula el concurso de infracciones y se permite la aplicación de medidas provisionales, algunas con autorización del Tribunal Ambiental.

Establece la posibilidad de presentar reclamaciones judiciales ante los Tribunales Ambientales en casos específicos, como sanciones impuestas, aprobación de planes de manejo y creación/desafectación de áreas protegidas.

Finalmente consagra diversos instrumentos tanto dentro como fuera de áreas protegidas, incluyendo un sistema de información de la biodiversidad, programas de monitoreo de ecosistemas, planificación ecológica nacional, planes de manejo para la conservación de ecosistemas amenazados, planes de restauración ecológica, planes de recuperación, conservación y gestión de especies, y la necesidad de obtener un permiso para alterar físicamente humedales inventariados.

*This Alert was prepared by Montt Group, only for educational and informational purposes and does not constitute legal advice.