APRUEBAN FACILIDADES PARA CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Tomando en consideración la declaratoria de niveles de alertas para los Departamentos establecida por el Decreto Supremo Nro. 002-2021-PCM y que en algunos casos existe restricción en cuanto al tránsito de las personas así como el nivel de aforo en distintas actividades económicas, situaciones que se mantendrán originalmente hasta el 14 de febrero del presente año, la Administración Tributaria mediante la Resolución de Superintendencia Nro. 16-2021/Sunat, ha otorgado facilidades para el cumplimiento de obligaciones de aquellos contribuyentes con ingresos netos menores 2 300 UIT (equivalente a S/9,890,000, alrededor de $ 2,725,000) y cuyo domicilio fiscal, al 27 de enero de 2021, se encuentre ubicado en aquellos departamentos clasificados con Nivel de alerta extremo (Lima, Callao, Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac) o Nivel de alerta muy alto (Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua, Tacna), así se ha dispuesto:

• Prórroga de las fechas de vencimiento para la declaración y el pago de las obligaciones tributarias mensuales correspondientes al período enero de 2021, hasta las fechas de vencimiento que corresponden al período febrero de 2021 (que se debe hacer en marzo)

• Prórroga de las fechas máximas de atraso del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras electrónicos correspondientes al mes de enero de 2021 hasta las fechas máximas de atraso que corresponden al mes de febrero de 2021.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.