AMPLÍAN PLAZO DE ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL Y DICTAN NUEVAS MEDIDAS PARA COMBATIR LA PROPAGACIÓN DEL COVID 19

Por Decreto Supremo No. 023-2021-PCM, el Poder Ejecutivo ha ampliado hasta el próximo 28 de febrero el plazo del Estado de Emergencia Nacional dictado por Decreto Supremo N° 008-2021-PCM.

Asimismo, se ha establecido una nueva clasificación de Niveles de Alerta la que se basa ahora en una categorización a nivel de Provincias y Departamentos según el cuadro siguiente (la anterior clasificación se hizo a nivel de Departamentos):

Respecto de la Inmovilización obligatoria (toque de queda) se ha establecido hasta el 28 de febrero 2021, que el mismo rige (de lunes a domingo) según el nivel de alerta:
Moderado: de 11.00 pm hasta las 4.00 am

Alto: desde las 9.00 pm hasta las 4.00 am

Muy alto: desde las 8.00 pm hasta las 4.00 am

Extremo: las 24 horas

Horario permitido en las zonas con nivel de alerta extremo: Entre las 6.00 am y las 6.00 pm se permite la salida para el desarrollo de actividades autorizadas, incluyendo las citas médicas. También se permite la salida en ese horario, para fines de salud física y mental, sin vehículo particular y durante una hora como máximo a lugares cercanos al domicilio 

Excepciones al toque de queda: Se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales, atención de farmacias y boticas; personal de prensa escrita, radial o televisiva, debidamente acreditado. También se permite el desplazamiento para atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y para la adquisición de medicamentos. 

Uso de Vehículos particulares: Se prohíbe el uso de vehículos particulares hasta el 28 de febrero 2021, según el nivel de alerta: 

Alto: domingos.  

Muy alto: sábados y domingos 

Extremo: Todos los días. Se exceptúan los vehículos que cuentan con pase emitido por la autoridad. 

Cierre temporal de fronteras terrestres: Dispone el cierre temporal de las fronteras terrestres. Suspende el transporte internacional de pasajeros por vía terrestre, excepto respecto de tripulantes de medios de transporte terrestre; así como las misiones especiales, políticas, diplomáticas, médicas, policiales, militares y el personal enviado por otros Estados u organismos internacionales para prestar ayuda humanitaria o cooperación internacional, instituciones o empresas que necesiten servicios de trabajadores extranjeros. 

Comercio electrónico: En las actividades económicas señaladas en los 4 niveles de alerta, se podrán realizar transacciones por medios virtuales, entregas a domicilio (delivery) y recojo en local para el caso de restaurantes y afines. 

Hora de cierre: Los establecimientos comerciales deben cerrar 2 horas antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción del nivel de alerta extremo, donde cerrarán como máximo a las 6.00 p.m.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.