El Servicio de Impuestos Internos mediante Resolución Exenta Nro. 145, de fecha 26 de noviembre de 2020, consideró conveniente ampliar el plazo fijado para la restitución del Aporte Fiscal del artículo 4° del Artículo Primero de la Ley Nro. 21.252, para los casos en que se haya obtenido este beneficio, sin cumplir los requisitos legales.
Se amplió hasta el día 31 de diciembre de 2020, el plazo para que los trabajadores dependientes que accedieron al Aporte Fiscal para la Clase Media, sin cumplir con los requisitos establecidos en la ley, puedan restituirlo a través del sitio web de la Tesorería General de la República, sin reajuste, multas ni intereses.
Sin embargo, se mantuvo el plazo hasta el pasado 30 de noviembre para que los trabajadores pudieran entregar los antecedentes que demuestren el cumplimiento de los requisitos, a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos, si una vez revisado los antecedentes aportados, no se logre acreditar el acceso al beneficio, tendrán el mismo plazo anterior hasta el 31 de diciembre de 2020 para restituir sin reajustes, multas ni intereses.
*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.