SE ESTABLECE EL VALOR ANUAL DE EXONERACIÓN DEL ISD POR CONSUMOS O RETIROS REALIZADOS DESDE EL EXTERIOR MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO O DE DÉBITO, PARA LOS PERÍODOS FISCALES 2022, 2023 Y 2024

En el Segundo Suplemento del Registro Oficial N°596 del 13 de diciembre de 2021 se publicó la Resolución Nro. NAC-DGERCGC21-00000053 del Servicio de Rentas Internas (SRI) de fecha 09 de diciembre de 2021,  mediante la cual se establece el valor anual de exoneración del ISD por consumos o retiros realizados desde el exterior, mediante la utilización de tarjetas de crédito o débito, por los periodos fiscales 2021, 2023 y 2024.

Para los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024, la exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas – ISD, prevista en el numeral 2 del artículo 159 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, es decir, cuando el hecho generador se produzca con la utilización de tarjetas de crédito o de débito por consumos o retiros efectuados desde el exterior, aplica respecto de un monto anual equivalente a Cinco Mil Ciento Nueve Dólares de los Estados Unidos de América con Setenta y Nueve centavos (USD 5.109,79), de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor – IPC General, a noviembre de 2021, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.

La mencionada Resolución entrará en vigor a partir del 01 de enero de 2022.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.