DOCUMENTO TRIBUTARIO QUE DEBE EMITIR UN CONTRIBUYENTE DE IVA POR SERVICIOS PRESTADOS DESDE EL EXTRANJERO

El Servicio de Impuestos Internos a través del Oficio N°3494 sobre la consulta sobre la documentación tributaria que debe emitir una asociación gremial sin fines de lucro constituida de acuerdo a los dispuesto en el Decreto Ley N°2757 de 1979, por las cuotas mensuales que deben pagar los socios.

El cobro de las cuotas tiene como objeto financiar a las organizaciones, cobro establecido en la ley que no constituye una remuneración por una prestación que corresponda a un servicio en los términos del N°2°) del artículo 2° de la LIVS, como tampoco a un hecho gravado especial del artículo 8° del mismo cuerpo legal. Es decir, no se configura un servicio, requisito necesario para emitir una factura por servicios no afectos o exentos, por lo que no procedería emitir ese tipo de documento, pudiendo utilizarse, para efectuar el cobro de dichas cuotas, cualquier documento de carácter interno que estime conveniente y que acredite fehacientemente la percepción de las sumas pagadas.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.