PRECISAN EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DAC CORRESPONDIENTE AL AÑO 2023

La Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, a través de la Resolución Directoral N° 0201-2024-MINEM/DGM, publicada en el diario oficial El Peruano el 26 de marzo de 2024, ha establecido el plazo y las instrucciones para la presentación de la Declaración Anual Consolidada (DAC) correspondiente al año 2023. 

La DAC es una declaración jurada mediante el cual el titular informa a la autoridad las actividades mineras realizadas en el año anterior. Es fundamental que los datos proporcionados sean veraces y reflejen la realidad, siendo el titular responsable de su exactitud.  De acuerdo al mencionado dispositivo legal, el plazo para la presentación de la DAC se determina en función del último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de los titulares de la actividad minera, según el siguiente cronograma:

ÚLTIMO DÍGITOFECHA DE VENCIMIENTO
Titulares sin RUC
0-1
2-3
4-5
6-7
8-9
05 de julio de 2024
08 de julio de 2024
09 de julio de 2024
10 de julio de 2024
11 de julio de 2024
12 de julio de 2024

Los titulares de la actividad minera que deben presentar la DAC, según el listado indicado en el ANEXO II, son aquellos que cuenten con estudios ambientales aprobados, hayan dado inicio a sus actividades mineras, se encuentren en etapas de exploración, desarrollo, construcción, operación o cierre de minas, o estén inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO), entre otros. 

De acuerdo lo dispuesto en la mencionada resolución, la presentación de la DAC se llevará a cabo de manera gratuita a través del sitio web (Click aquí) Es importante tener en cuenta que la falta de presentación de la DAC dará lugar al inicio del procedimiento administrativo sancionador conforme a lo establecido en la Ley N° 27444.