MODIFICA R. EX. Nº 3121 QUE APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO PARA LAS INFRACCIONES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 118 TER DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA

Con fecha 20 de febrero de 2024 se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta Nº 391/2024 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura que «Modifica resolución N° 3.121 exenta, que aprueba procedimiento administrativo sancionatorio para las infracciones contenidas en el artículo 118 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura».

La modificación amplía el ámbito de aplicación de la citada R. Ex 3.121, de 2021, que regula el procedimiento sancionatorio para determinar la configuración de infracciones en que incurran los titulares de las concesiones y autorizaciones de acuicultura, en el sentido de incorporar a dicho procedimiento la suspensión de operaciones por el plazo de dos años, a un centro de cultivo por haber sido clasificado en bioseguridad baja por dos veces consecutivas, al término de los descansos sanitarios respectivos, regulada en el artículo 118 quinquies introducido por la Ley Nº 20. 583.

De conformidad con lo anterior, se realizan una serie de adecuaciones formales a fin de incorporar dicha norma a la regulación respectiva.