FACTURAS DE COMPRAS POR SERVICIOS DIGITALES PRESTADOS POR PLATAFORMA EXTRANJERAS SIN DOMICILIO NI RESIDENCIA EN CHILE

El Servicio de Impuestos Internos mediante el Oficio N°2635 resuelve la consulta sobre cuál es el domicilio tributario que se debe usar en la facturas de compras emitidas por servicios digitales contratados en plataformas internacionales y cómo se debe declarar dicho servicio.

En la presentación se consulta cual es el domicilio tributario que se debe usar en las facturas de compra emitidas por servicios digitales contratados en plataformas internacionales y cómo se declaran los servicios cuando el proveedor no se encuentra en las nóminas emanadas del Servicio de Impuestos Internos. En principio, los contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile que presten los servicios del artículo 8° letra n) de la LIVS deben inscribirse en el régimen de tributación simplificada, el cual habilita para declarar y pagar el IVA, siempre que dichos servicios sean prestados a personas naturales y jurídicas que no son contribuyentes de IVA. Si es contribuyente de IVA, será considerado sujeto de impuesto siempre que la prestación sea realizada por un prestador domiciliado o residente en el extranjero. En este caso, se emite factura de compra, la cual da derecho a crédito fiscal.

Si el prestador del servicio sin domicilio ni residencia en Chile no se encuentra inscrito en el régimen de tributación simplificada, en la factura de compra deberá registrar el RUT 55.555.555, ser declarada en la línea 104, código 39, del Formulario N°29. Respecto del domicilio, debe resolverse entre las partes, lo que no incide en la validez del documento tributario en la medida que contenga la razón social de la empresa y su correspondiente ID o a falta de esta información, el RUT N°55.555.555.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.