El Servicio de Impuestos Internos mediante la Resolución N°26 de 2023, en consideración que la Superintendencia de Casinos de Juego informó que los juegos de azar constituyen una actividad económica regulada, en principio es de naturaleza ilícita, y que sólo excepcionalmente se autoriza a ser desarrollada comercialmente.
Es por ello, el Servicio de Impuestos Internos determinó excluir del régimen de tributación simplificado establecido en los artículos 35 A y siguientes del Párrafo 7° bis del Título II de la LIVS, a los contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, que habiéndose inscrito en dicho régimen, con posterioridad a su inscripción, se detecte que los servicios de la letra n) del artículo 8° de la LIVS que presten, consisten en contenido ilícito, lo incluyen o intermedian en contravención al ordenamiento jurídico chileno. La exclusión se realizará mediante una resolución que será notificada vía correo electrónico.

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