CIERRE DE BOCATOMAS Y ACCIONES PREVENTIVAS PARA LA OPERACIÓN DE EMBALSES EN ÉPOCA DE LLUVIAS EN DISTINAS REGIONES DEL PAÍS

Con fecha 17 de Mayo fueron publicados en el Diario Oficial una serie de Resoluciones Exentas por parte de la Dirección General de Aguas de las regiones Metropolitana, de Atacama, del Maule, del Biobío y de la Araucanía, por medio de la cual se ordena a todas las Juntas de Vigilancia, Asociaciones de Canalistas, Comunidades de agua y, en general, a todos los usuarios de aguas que tengan obras de captación en los cauces naturales, el cierre de las bocatomas de sus canales y el retiro de todos los elementos adicionales, a partir del 15 de mayo de 2021 hasta el 15 de septiembre de 2021. Estos deberán registrar su nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico del encargado del control de bocatoma y compuerta del canal. Esta información debe ser enviada a la Oficina de Partes de la Dirección de Aguas regional correspondiente.

Quedan fuera de esta orden, los canales que conduzcan aguas destinadas a usos domésticos o industriales para la generación de energía y aquellos de regadío que deban servir cultivos de invierno, siempre que cuenten con dispositivos adecuados para contralar el ingreso de agua durante las crecidas como para evacuar excesos captados sin afectar a terceros; que el acueducto se encuentre en un estado óptimo; que cuente con personal competente que maneje la bocatoma y que existe un plan de acción frente a crecidas; y que se informe a la Dirección Regional de Aguas correspondiente, al Municipio competente, y a la Gobernación Provincial respectiva, sobre la persona natural o jurídica responsable del acueducto, de la operación durante este periodo, su localización, cauce, punto de captación de aguas, y los datos de las personas encargadas de manejar la captación y el acueducto.

El incumplimiento a las medidas ordenadas, habilitará a los perjudicados y otras reparticiones públicas, para concurrir ante el Juez de Policía Local para la aplicación de la multa correspondiente, que va del segundo al tercer grado, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que se puedan ejercer. La presente resolución podrá ser objeto de un recurso de reconsideración o de reclamación, según corresponda.

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*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.