SE REDUCE LA JORNADA LABORAL SEMANAL DE MANERA GRADUAL EN COLOMBIA

El Gobierno Nacional, mediante la Ley 2101 del 15 de julio del año en curso, decretó reducir la jornada laboral de manera gradual de 48 horas a la semana pasa a 42 horas semanal.

De tal manera que, se modifica el Artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, señalando que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de cuarenta y dos (42) horas a la semana, que podrán ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días, a la semana, garantizando siempre el día de descanso, salvo excepciones contempladas en el mismo articulado.

Ahora bien, la disminución de la jornada laboral a 42 horas a la semana será de manera gradual así:

I. Transcurridos dos (2) años a partir de la entrada en vigencia de la Ley, se reducirá una (1) hora de la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales. 

II.  Pasados tres (3) años de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá otra hora de la jornada laboral semanal, quedando en 46 horas semanales.   

III.  A partir del cuarto año de la entrada en vigencia de la ley, se reducirán dos (2) horas cada año hasta llegar a las cuarenta y dos (42) horas semanales.

Es decir, que para el año 2026 la jornada se estipulará según lo concibe la Ley.

Es importante, mencionar que según el artículo 4 de la presente Ley, la disminución de la jornada de trabajo no afectará la reducción de la remuneración salarial ni de prestaciones sociales, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, ni exonera de obligaciones en favor de los trabajadores. Por lo tanto, el empleador debe respetar todas las normas, principios y garantías que protegen al trabajador.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.