SE EXPIDE EL REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

En el Segundo Suplemento del Registro Oficial N°87 del 20 de junio de 2022 se publicó el Decreto Ejecutivo N°458 emitido por el presidente Guillermo Lasso, mediante el cual se expidió el Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública el cual tiene por objeto la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por parte de las entidades previstas en el Artículo I de la Ley y los actores que conforman el Sistema Nacional de Contratación Pública.

La adecuación de la normativa secundaria del Reglamento ibídem, será emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, mediante resolución, en el plazo de ciento ochenta (180) días contados a partir de su publicación en el Registro Oficial.

En el plazo máximo de 60 días contados a partir de la fecha de expedición de la normativa secundaria, el Servicio Nacional de Contratación Pública actualizará las herramientas electrónicas del portal, que permitan cumplir las disposiciones previstas en este Reglamento General. Hasta que sea efectivo, las entidades contratantes tendrán la obligación de continuar utilizando el Portal COMPRASPÚBLICAS hasta que el Servicio Nacional de Contratación Pública readecúe y actualice la herramienta a la normativa prevista en el Reglamento ibídem.

Se deroga el Reglamento General de Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, publicado en el Suplemento del Registro Oficial N°588 del 12 de mayo de 2009 y sus reformas, una vez que el reciente Reglamento entre en vigencia en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Registro Oficial. 

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