
SE DICTA NUEVO REGLAMENTO DE LA LEY DE COPROPIEDAD INMOBILIARIA N°21.442
Con fecha 9 de enero del 2025, se publicó en el Diario Oficial el Decreto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba el Reglamento de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, Ley N°21.442.
Este reglamento desarrolla y complementa la citada ley, especificando y detallando las formas concretas para cumplir con diversas disposiciones de la misma, permitiendo su implementación total por parte de los copropietarios y sus administradores.
Así, este reglamento permite la aplicación práctica de materias esenciales de la ley que estaban pendientes de aplicación hasta la dictación y publicación del citado Reglamento, como por ejemplo: la participación en las asambleas, ya sea presenciales, telemáticas o mixtas, la administración contable y financiera, sobre el registro de personas copropietarios y demás ocupantes y sus obligaciones, deberes de cuidado de los bienes comunes, y regulación de aspectos relativos a condominios de viviendas interés público.
Además, con la publicación en el diario oficial de este reglamento, a saber desde el día 9 de enero de 2025, empieza a contarse el plazo de 1 año para que las comunidades de copropietarios dicten o actualicen sus reglamentos de copropiedad a la nueva Ley N°21.442, según corresponda, conforme a lo establecido en los artículos 100 y 1° transitorio de la misma nueva Ley N°21.442 sobre Copropiedad Inmobiliaria y sus modificaciones.
A fin de agilizar y gestionar esta actualización de los reglamentos de copropiedad de las comunidades, este Reglamento contiene un Artículo Transitorio, referente a los ajustes a los reglamentos de copropiedad, estableciendo que corresponderá al comité de administración de cada comunidad, revisar el reglamento de copropiedad vigente y proponer a la asamblea de copropietarios los ajustes que resulten necesarios para dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 100 de la ley 21.442.

