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MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 230 DEL CÓDIGO DE AGUAS

El 16 de septiembre de 2024 fue publicada en el Diario Oficial la Resolución DGA N°1.191 que establece un nuevo procedimiento para aplicar el artículo 230 del Código de Aguas, el cual regula la elección del directorio en organizaciones de usuarios de aguas cuando no se ha realizado oportunamente.

Principales puntos del nuevo procedimiento:

  • Los comuneros pueden solicitar a la DGA convocar una Junta General Extraordinaria para elegir un nuevo directorio.
  • La organización debe estar en el Catastro Público de Aguas y el solicitante debe ser comunero.
  • Si la solicitud es aceptada, la DGA convocará a una elección supervisada por un Ministro de Fe.
  • La convocatoria debe ser publicada un diario provincial o regional con a lo menos 10 días de anticipación.
  • Adicionalmente se debe citar a los comuneros a su domicilio registrado mediante Carta Certificada o en su defecto por correo electrónico.
  • Durante la Junta General, el Ministro de Fe levantará un acta con los resultados de la elección, los candidatos propuestos y los comuneros habilitados para votar. El nuevo directorio deberá cumplir con la normativa correspondiente del Código de Aguas.
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