LAS EMPRESAS CON MÁS DE 100 TRABAJADORES DEBERÁN CONTAR CON UN “GESTOR DE INCLUSIÓN LABORAL”, A CONTAR DE NOVIEMBRE DEL 2022

Con la finalidad de promover políticas de inclusión laboral se promulgó en octubre de 2020 la Ley 21.275 (artículo 157 quáter, del Código del Trabajo), que exige a las empresas de 100 o más trabajadores reservar el 1% de sus puestos laborales para contratar a personas en situación de discapacidad, y a partir de noviembre de este año comienzan a regir las nuevas exigencias que se incorporan a la ley, como es el caso del “Gestor de Inclusión Laboral”. 

Este profesional deberá tener habilidades y conocimientos específicos en materia de discapacidad, manejo de lenguaje inclusivo, accesibilidad universal, entre otros. 

El Gestor debe contar con los conocimientos de proceso de selección de personas, de análisis de puestos de trabajo y de modelos de intermediación e inclusión aboral. Además, quien asuma el cargo también tendrá la misión de coordinar procesos de gestión de personas, teniendo en consideración un modelo social de discapacidad y accesibilidad universal; y ser capaz de detectar las necesidades de capacitación de las empresas. 

En cuanto a las técnicas que debe manejar, se encuentran las relativas a la accesibilidad universal, es decir, deberá contar con conocimientos teóricos sobre la discapacidad e inclusión laboral, lenguaje inclusivo, mecanismos que resguarden los derechos lingüísticos de las personas con discapacidad y modelos de caracterización de la discapacidad, entre otras. 

Asimismo, deberán elaborar y ejecutar anualmente programas de capacitación de su personal, con el objeto de otorgarles herramientas para una efectiva inclusión laboral dentro de la empresa.

*This Alert was prepared by Montt Group SpA., only for educational and informational purposes and does not constitute legal advice.