INAPI ESTABLECE EXIGENCIA DE USO DE FORMULARIO ELECTRÓNICO DE PRE-SUMA PARA PRESENTAR DEMANDAS DE OPOSICIONES MARCARIAS

Con fecha 08 de noviembre del presente 2022 se publicó en el Diario Oficial la Resolución N° 473 emitida por el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI). La resolución referida establece la exigencia de completar un formulario electrónico predispuesto por el Instituto donde se indicará la pre-suma de los escritos de oposición a registros marcarios. 

La medida encuentra como fundamento legal el articulo 30 del Código de Procedimiento Civil el cual exige que todo escrito que se presente en asuntos contenciosos, sea encabezado por una suma que oriente sobre el contenido del escrito (o el trámite de que trata). Por su parte, el Instituto agrega que dicha medida a su vez permitirá procesar de manera más eficiente y ágil las oposiciones y facilitara la captura y procesamiento de datos. 

Dable es agregar que la medida descrita se inserta en el contexto de la implementación integral del Sistema de Tramitación Electrónica de los Derechos de Propiedad Industrial por mandato de la Ley 21.180 (que modifica la Ley 19.880) con el fin de acelerar la Transformación Digital del Estado. 

Finalmente, la resolución aprovecha de aclarar que toda presentación que se realice a través del Sistema de Tramitación Electrónica, se entenderá suscrita por quien se haya autenticado válidamente con su Clave Única en el portal, sin necesidad de contener su firma manuscrita. 

No instruyendo la Resolución N° 473 una fecha diversa para su entrada en vigencia, las disposiciones aquí descritas entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, es decir, el martes 08 de noviembre del presente 2022.

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