EL S.I.I. AUTORIZA COMO RECEPTOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTRÓNICOS A CIERTOS ORGANISMOS PÚBLICOS

La Resolución Exenta Nro. 159 de fecha 15 de diciembre de 2020, autoriza como receptor electrónico de documentos tributarios electrónicos a ciertos organismos públicos. La Resolución Exenta Nro. 63 del año 2004 posteriormente modificada por la Resolución Nro. 91 del año 2017 estableció las normas y procedimientos de operación para los organismos públicos que sean autorizados como receptores electrónicos de documentos tributarios electrónicos. 

Han postulado como receptor de documentos tributarios electrónicos y han cumplido con los requisitos de la Resolución Exenta Nro. 63 del año 2004 y quedan autorizados desde las Resolución Exenta Nro. 159 de fecha 15 de diciembre de 2020, a los siguientes organismos públicos: 

a) Servicio de Registro Civil e Identificación Maule 

b) Servicio de Registro Civil e Identificación Rancagua; y 

c) Servicio de Salud San Felipe Los Andes Hospital San Camilo

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal