La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es Chile-1024x488.jpg

DECLARACIÓN Y USO DE CRÉDITO FISCAL IVA SUJETO A CONVENIO EN TESORERÍA

El Servicio de Impuestos Internos mediante el Oficio N°1019 de 2024, se pronuncia sobre el procedimiento para declarar y usar el IVA crédito fiscal sujeto a convenio en Tesorería General de la República, en el caso de un contribuyente que derivado de la regularización de importaciones se le crearon diferencias de derechos de aduanas en el año 2021.

Los contribuyentes afectos a IVA tienen derecho a un crédito fiscal contra el débito fiscal por el mismo periodo tributario, el que es equivalente al IVA pagado por la importación de las especies al territorio nacional, respecto del mismo periodo tributario, siempre que se destinan a su activo realizable o activo fijo, o se relaciones con el giro del contribuyente. Para el uso del crédito se deberá acreditar que el impuesto ha sido pagado según los comprobantes de ingreso tratándose de importaciones.

Por lo tanto, el derecho a crédito fiscal IVA por los giros emitidos por Aduanas en los cuales se acogieron a un convenio de pago con Tesorería General de la República, solo podrán utilizarse una vez pagada todas las cuotas de dicho convenio, para lo cual deberá presentar una petición administrativa con la información.

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es Quintanilla-Ana_Montt-Santiagovf-2.jpg
La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es 1-1024x256.jpg