DECLARACIÓN Y PAGO SOBRE EL IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS

Mediante la Resolución Exenta N°76 de 2023, la cual modifica la N°128 de 2022 el Servicio de Impuestos Internos, amplió el plazo para utilizar los Formularios N°24 y 24.1 en formato papel.

La Resolución N°128 de 2022, señaló que los impuestos establecidos en el Decreto Ley N°3475 de 1980 sobre impuesto de timbres y estampillas, deberán ser declarados y pagados por medio de formularios electrónicos N°24 y 24.1, disponibles en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos.

A pesar que el plazo originalmente era hasta el día 31 de marzo de 2023, el cual ya fue ampliado hasta el 30 de junio de 2023 mediante Resolución N°39 de 2023, se vuelve ampliar hasta el día 1° de marzo de 2024, en que se podrán efectuar la declaración y pago vía electrónica o papel, posterior a dicha fecha, los formularios deberán presentarse únicamente vía electrónica.

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