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CONSULTA POR EL TRATAMIENTO TRIBUTARIO DEL CONTRATO DENOMINADO SAFE

El Servicio de Impuestos Internos mediante el Oficio N°2219 de 2024 se pronuncia sobre el tratamiento tributario del contrato denominado “Simple Agreement for Future Equity” (SAFE) el cual es un tipo de contrato que un inversionista entrega dinero a una startup a cambio del derecho a obtener acciones de aquellas en un eventual aumento de capital. 

Al respecto el Servicio de Impuestos Internos señala que el costo tributario corresponderá al desembolso efectivo incurrido en la adquisición de las acciones por el accionista con ocasión del SAFE, incrementado o disminuidos, según aumentos o disminuciones de capital posteriores efectuados por el inversionista una vez suscritas las acciones, debidamente reajustado. En el supuesto que se reciba un monto inferior al invertido, que no se hayan suscrito las acciones y que se encuentre acogido al régimen de la letra A) del artículo 14 de la LIR o al régimen de la letra D) del mismo artículo, la diferencia negativa se considerará como una pérdida del ejercicio según las reglas generales.

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