Con fecha 7 de agosto de 2023 se ha publicado la Ley 21.590 del Min. del Interior, mediante la cual se sustituye del inciso final del artículo 134 de la ley N° 21.325, de Migración y Extranjería, la expresión “cuarenta y ocho horas” por la frase “cinco días corridos”, posibilitando con esta extensión del plazo de privación de libertad, concluir con los trámites administrativos de los extranjeros cuya condición migratoria irregular deben ser expulsados.

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