REFORMA LEY 20.720

Con fecha 10 de mayo de 2023 se ha publicado en el Diario Oficial la Ley 21.563, la cual entra en vigencia el 10 de agosto de 2023, la cual tiene por objeto reformar la Ley 20.720, implementando importantes reformas, modernizando la ley en el sentido de agilizar y simplificar los procedimientos, abaratando sus costos, buscando incrementar el recupero de créditos y dar mayor certeza jurídica.

Para ello el legislador ha realizado modificaciones en torno a proteger los derechos de los trabajadores, certificación de auditores, aumentos de plazos de verificación, modificación a la normativa de protección concursal, forma de voto por escrito y asistencia a audiencias por vía telemática, informes de interventores, cambios en el término de procedimiento, etc. Dentro de los principales modificaciones establecidas en la presente ley, destacan la siguientes:

 1.- Todos los procedimientos concursales se han visto modificados, a lo cual se debe sumar la creación de nuevos procedimientos de reorganización y/o liquidación extrajudiciales y/o simplificados, facilitando el procedimiento a micros y pequeñas empresas.

2.- Una vez terminado el procedimiento que se trate, se establece la obligación de los acreedores y/o bancos de datos de carácter personal, de eliminar, modificar y/o bloquear los datos relativos al deudor en sus registros, para lo cual tienen un plazo de 30 días contados desde la resolución que da por terminado el procedimiento en carácter de ejecutoria.

3.- Se crean nuevas categorías de Veedores y Liquidadores, según el tipo de procedimiento que se trate, distinguiéndose la clase A y la clase B, por lo cual los procedimientos de empresas medianas o grandes solo podrán ser designados los Veedores y Liquidadores clase A, quienes a su vez podrán tomar los casos de la clase B, si así lo requiriese.

4.- Se establecen nuevas excepciones a la extinción de saldos insolutos de créditos del deudor para los casos de obligaciones de alimentos, obligaciones derivadas de delitos civiles y/o penales. Entre otros cambios destacan la reforma al procedimiento de interposición y resolución de las objeciones de los crédito, la regulación de la verificación extraordinaria en procedimiento concursal de reorganización, financiamiento dentro del periodo de protección financiera concursal, aceptación de acuerdos de reorganización, sanciones, y una regulación a la mala fe del deudor, quien puede ser acusado al tribunal tanto por el juez como por cualquier otro acreedor,

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.