El día 11 de enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo N° 1958, de fecha 4 de noviembre de 2021 del Ministerio de Hacienda, que dispone la prórroga, por el plazo de un año, del Decreto Supremo Nº 1.009 del Ministerio de Hacienda.
Conforme a dicho Decreto Supremo, se confiere una autorización expresa a los organismos, instituciones y empresas del Estado para acordar en sus contratos internacionales, cláusulas que les permitan someterse al derecho y a los tribunales extranjeros, señalar domicilio fuera del país, designar mandatarios en el extranjero y renunciar a la inmunidad de ejecución y jurisdicción.
Para tal efecto, es estrictamente necesario que el objeto principal de tales contratos internacionales diga relación con negocios u operaciones de carácter económico o financiero.
Este decreto se ha renovado anual y sucesivamente desde el año 1978 y la presente prórroga rige hasta el 24 de diciembre de 2022.
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