MINISTERIO DE ECONOMÍA PUBLICA LISTA DE MERCANCÍAS EXCLUIDAS DEL REINTEGRO A EXPORTACIONES

Con fecha 04 de abril del presente 2023 se publicó en el Diario Oficial el Decreto N° 21 del Ministerio de Economía (MINECOM), el cual tiene por objeto listar las mercancías excluidasdel beneficio de reintegro en las exportaciones no tradicionales. Exenciónconsagrada en la Ley N° 18.480.

A mayor detalle, la Ley N°18.480, estableció un régimen simplificado de reintegro de gravámenes (aduaneros) a los empresarios de exportaciones no tradicionales. Lo cual con el objetivo de incentivar este tipo de operaciones.

Para la aplicación de la exención aludida, la normativa exige que las mercancías exportadas hayan sido elaboradas con al menos un 50% de insumos importados. De forma que, mediando una transformación de insumos nacionales e importados, el interesado pueda beneficiarse del reintegro del 3% del valor FOB de los correspondientes productos.

Ahora bien, la ley previene que, la descrita exención, no operará en el caso que dichas mercancías se encontraren listadas en el catálogo de mercancías excluidas del reintegro en las exportaciones dictado por el MINECOM año a año. Catalogo que en el presente ejercicio se encuentra contenido en el Decreto N° 21 del MINECOM.

Es posible encontrar el listado descrito dando click aquí

Reuniendo aquellos requisitos, el exportador podrá solicitar el reintegro en las oficinas de la Tesorería General de la República, utilizando el formulario entregado por la entidad al efecto.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.