Por Decreto Supremo Número 67 de fecha 23 de febrero de 2021, publicado en el Diario Oficial el día jueves 25 de febrero del mismo año, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ha dispuesto la extensión del cierre temporal de fronteras o de lugares habilitados para el ingreso y egreso de los extranjeros, a contar del día 28 de febrero de 2021 y por un plazo de 15 días corridos.
Se hace presente que, solo se encuentra habilitado como lugar para el tránsito de extranjeros hacia el territorio nacional el Aeropuerto Arturo Merino Benítez (SCL), esto a contar del pasado 23 de noviembre de 2020 a las 00.00 hrs.
Lo anterior cumpliendo estrictas medidas sanitarias, como son el portar un PCR Negativo, portar un seguro de salud que cubra sucesos derivados del Covid-19 hasta por USD 30.000.-, Declaración Jurada que se puede obtener en la págima www.c19.cl y completar el formulario de seguimiento por 14 días (lo recibirá vía correo electrónico)
Todo en atención a que el Ministerio de Salud, ha tomado una serie de medidas en el país, orientadas a resguardar la salud de la población y a prevenir el contagio de Covid-19, tales como prohibiciones de desplazamiento, cuarentenas, cordones sanitarios y aduanas sanitarias, determinación cuya finalidad se orienta a complementar las medidas ya descritas, en aras de reducir al mínimo posible los contagios de Covid-19 entre los habitantes del país.
Sin perjuicio de lo señalado, el mismo DS dispone que, éste nuevo plazo, podrá ser nuevamente modificado, en atención a la evolución que experimente el brote de COVID-19, en el territorio nacional.
*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.