AUMENTO DE LOS DÍAS DE PERMISO PAGADOS POR MUERTE DE UN HIJO, INCLUSO EN PERIODO DE GESTACIÓN

Con fecha 29 de septiembre del 2021, se publica en el Diario Oficial la ley 21.371, que reemplaza el inciso primero y segundo del artículo 66 del Código del Trabajo. 

Estos permisos son pagados y son adicionales al feriado anual, independiente del tiempo de servicio en la empresa, se detallan a continuación:

  • En caso de muerte de un hijo, todo trabajador tendrá derecho a diez días corridos de permiso pagado (antes eran 7 días corridos).
  • En caso de muerte de un hijo en periodo de gestación, todo trabajador tendrá derecho a 7 días hábiles de permiso pagado (antes eran 3 días hábiles).
  • En caso de muerte del cónyuge o conviviente civil, todo trabajador tendrá derecho a 7 días corridos de permiso pagado (no hay modificación).
  • En caso de la muerte del padre o de la madre del trabajador, tendrá derecho a 3 días hábiles de permiso pagado (no hay modificación).  

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.