ADUANAS EXTIENDE NUEVO PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN JURADA CONJUNTA DIGITAL EN PASOS FRONTERIZOS QUE SE INDICAN

Con fecha 08 de mayo del presente 2023 se publicó en el Diario Oficial la Resolución N° 1504 emitida por el Servicio Nacional de Aduanas, la cual resolvió extender la utilización de la Declaración Jurada Conjunta (ADUANA-SAG) en formato digital a los controles fronterizos de: Los Libertadores, Aduana Los Andes; Pino Hachado, Aduana Talcahuano; Mamuil Malal, Aduana Talcahuano; Aeropuerto Chacalluta Aduana Arica; Chungará Aduana Arica; Huemules, Aduana Coyhaique; Aeropuerto Carlos Ibáñez del Campo, Aduana Punta Arenas.

La Declaración Jurada Conjunta (ADUANA-SAG) constituye un mecanismo de control y fiscalización preventivo de Aduanas que se lleva a cabo a través de un formulario que debe ser llenado por toda persona que ingrese al país, con el objeto de informar tanto a Aduana como al Servicio Agrícola y Ganadero del porte de:

  • Mercancías que excedan del concepto de equipaje;
  • Moneda en efectivo o instrumentos negociables al portador por un monto que exceda los 10.000 dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas;
  • Productos de origen animal o vegetal.

Anteriormente la Declaración Jurada Conjunta (DJC) ya había sido implementada en los Controles Fronterizos de Aeropuerto Diego Aracena, Paso Fronterizo HuaHum, Paso Fronterizo Pehuenche y Paso Fronterizo Cardenal Samoré, Paso Integración Austral y Paso Fronterizo San Sebastián, Aeropuerto Andrés Sabella en Antofagasta, Paso Río Jenemeni en Coyhaique, paso Dorotea y paso Río Don Guillermo en la región de Magallanes y Antártica Chilena. Siendo dichos controles los pioneros en implementar la DJ conjunta en formato digital.

En atención al éxito de la implementación del proceso anterior, el Servicio Nacional de Aduanas, mediante la resolución que nos ocupa, decidió continuar con la implementación de la DJ Conjunta en formato digital en otros pasos fronterizos que cuenten con las características necesarias para su correcto funcionamiento y así promover los beneficios de esta nueva modalidad de declaración.

En otro orden de ideas, adicional con la implementación de la DJC, la Resolución comentada también se ocupó de precisar los conceptos de “Declaración Jurada”, la obligación que tiene pasajeros y tripulantes de suscribir la “Destinación Aduanera” y la “Declaración de Ingreso de Porte y Transporte de Efectivo», a fin de esclarecer la existente confusión sobre los alcances de las tres gestiones.

Finalmente, la Resolución instruyó poner en marcha la medida a contar del 09 de mayo de 2023, como Plan Piloto, por un período de 30 días para ajustes y familiarización por parte de pasajeros y/o tripulantes. Sin perjuicio de lo anterior, la Declaración Jurada en formato papel, mantendrá su vigencia y validez para los efectos de cumplimiento de esta obligación.

*Esta Alerta fue preparada por Montt Group SpA., solo para fines educativos e informativos y no constituye asesoría legal.