
FORMA DE DOCUMENTAR SERVICIOS PRESTADOS POR TRABAJADORES INDEPENDIENTES DE PLATAFORMAS DIGITALES SIN DOMICILIO O RESIDENCIA EN CHILE
El Servicio de Impuestos Internos mediante la Resolución Exenta N°101 de 2024 instruye sobre la forma de documentar los servicios prestados por trabajadores independientes de plataformas digitales sin domicilio o residencia en Chile.
Al respecto el Servicio indico que los contribuyentes calificados como empresas de plataforma digital de servicios, sin domicilio ni residencia en Chile, que tengan trabajadores independientes de acuerdo con el Párrafo II, Capítulo X, Título II del Código del Trabajo, y que paguen rentas a dichos trabajadores por servicios prestados a los usuarios de la plataforma, deberán otorgar como comprobante de pago boletas de prestación de servicios, cuya obligación deberá ser cumplida por la plataforma electrónica a través del representante designado al efecto.
El representante deberá emitir las boletas de prestación de servicio de terceros electrónicas, a cada uno de sus trabajadores independientes, hasta el 5° día hábiles de cada mes por los servicios de cada uno en el mes calendario anterior.

