La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es Chile-1024x488.jpg

NUEVA PRÓRROGA DE RESOLUCIÓN QUE EXIME A EXPORTADORES DE METALES PRECIOSOS DE CONTAR CON CERTIFICACIÓN DE PESO E INFORMES DE CALIDAD DE SUS MERCANCÍAS

El 20 de marzo de 2024, se publicó en el Diario Oficial la Resolución N° 972 del Servicio Nacional de Aduanas. Esta prorrogó la vigencia de la Resolución N° 1477 de 2023, que, de forma excepcional y transitoria, eximió a las operaciones de exportación de metales preciosos, tanto de origen minero como no minero, de la obligación de presentar un informe de peso y calidad. Esta excepción se debe a la falta actual de organismos de inspección y laboratorios de ensayo, previamente certificados por el Servicio, capaces de realizar los procesos de toma de muestras, determinación de peso y análisis químico exigido por el artículo 23 de la Ordenanza de Aduanas.

En detalle, la regulación en vigor requiere que las operaciones de exportación de metales preciosos (partidas arancelarias 71.06 y 71.08), independientemente de su origen, se sometan a rigurosos controles de peso, extracción de muestra y análisis químico, a ser realizados por organismos certificados por el Servicio Nacional de Aduanas. Sin embargo, en la actualidad no existen en el mercado organismos de inspección (certificados por el Servicio) para proveer ésta asistencia.

Debido a esta situación, Aduanas ha decidido eximir a las empresas exportadoras de cumplir con esta exigencia específica, con el objetivo de mitigar el impacto de esta limitación y permitir la continuación de las operaciones bajo condiciones excepcionales. Finalmente, la resolución especifica que la prórroga entrará en vigor inmediatamente tras su publicación en el Diario Oficial y permanecerá vigente hasta el 09 de julio de 2024.

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es Quezada_Ignacio.jpg
La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es 1-1024x256.jpg